PaternidadSi los padres biológicos de un hijo no están casados y los dos se encuentran disponibles para firmar formularios y no aparece en el acta de nacimiento el nombre de ningún otro hombre, se debe completar un formulario llamado Reconocimiento voluntario de paternidad (Voluntary Acknowledgment of Paternity, o VAP). Este formulario se puede obtener de un Secretario del Condado, departamento de salud, oficina de asistencia pública (HFS) o se puede encontrar en http://childsupportillinois.com. Si los padres biológicos no están casados y uno de los dos no se encuentra disponible para firmar formularios, se requiere una Orden de paternidad de la corte o tribunal (Court Order of Paternity). Contacte a su corte o tribunal local para obtener más detalles. Si una corte o tribunal ha determinado quién es el padre biológico de un niño y usted tiene una Orden de Paternidad de la Corte o Tribunal, complete y envíe el formulario Declaración Jurada y Solicitud de Certificado de Corrección y una copia certificada de la orden de paternidad de la corte o tribunal. Usted puede obtener una copia certificada de la oficina del Secretario del Circuito. La orden de la corte o tribunal no se le devolverá a usted; se incorporará al archivo sellado. También será necesario que usted incluya lo siguiente:
NOTA: Copia de los resultados de una prueba de ADN no se aceptan como evidencia de paternidad. |
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